Lamentablemente es cada vez más habitual encontrarnos con casos de falta de cumplimiento de los alimentos por parte de los padres.
Si luego de haber agotado las instancias normales, sigue sin obtener una respuesta por parte del progenitor, usted debe saber que puede accionar con los ascendentes.
Por supuesto que debe demostrarse fehacientemente la incapacidad del padre y que no se trata de una cuestión de pura venganza.
Es a los fines de proteger los derechos del niño, que el nuevo Código civil y comercial ha abierto aún más las posibilidades de continuar el litigio por incumplimiento de alimentos para con otro familiar que el juez considere, por ejemplo los abuelos.
Esto no sólo se limita a alimentos, sino a todo tipo de responsabilidad administrativa que pueda dañar la integridad de los menores. Para tal razón usted debe tomar conocimiento de cómo debe actuar. Cuente con nosotros, estamos para ayudarlo ¡Que Dios los bendiga!
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