La Ciudad de Buenos Aires cuenta con una nueva ley que pone un freno a las intimaciones por deudas.
En este nuevo marco la ley prohíbe:
- Reiterar comunicaciones que hostiguen al deudor en mora como método de cobranza.
- Notificar por parte del agente de cobranza en los teléfonos, medios electrónicos y espacios laborales o la comunicación con sus empleadores.
- Enviar misivas postales, comunicaciones telefónicas y/o por medios electrónicos a cualquier persona distinta al deudor.
- Abordar al deudor en lugares públicos con la finalidad de intimidarlo o humillarlo, con la exhibición de letreros, pancartas, carteles o cualquier otro elemento relacionado con la reclamación de la deuda.
- Publicar en sus establecimientos comerciales, páginas de Internet, redes sociales o difundir a través de los medios de comunicación nóminas de deudores/as y requerimientos de pago sin mediar orden judicial.
Cabe aclarar que lo anterior, no comprende a la información que se proporcione a las bases de datos de antecedentes financieros personales ni a la Central de Deudores del Sistema Financiero del Banco Central de la República Argentina.
- Cualquier otra modalidad de gestión de cobro que coloque al deudor moroso en una situación vergonzante, humillante o vejatoria, así como el uso de cualquier medio de coacción, intimidatorio o amenazante.
- Realizar llamadas telefónicas, envío de mensajes de texto o similares al presunto deudor/a entre las 20.00 horas y las 08.00 horas los días lunes a viernes; los días sábados antes de las 10.00 horas y desde las 12.00 horas y días domingos, feriados y días no laborales.
Si usted llegase a sufrir algunas de estas posibles acciones intimidatorias, cuente con
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